Reclamaciones de cantidad, contratos, arrendamientos, responsabilidad civil, ejecuciones y procedimientos de familia. Actuamos tanto en la reclamación como en la defensa frente a ella.
Qué hacemos
- Reclamaciones de cantidad: procedimiento monitorio, juicio verbal y juicio ordinario, según cuantía y naturaleza de la deuda.
- Defensa frente a reclamaciones: oposición al monitorio, contestación a la demanda, reconvención cuando procede.
- Contratos: redacción, revisión, resolución e incumplimiento; reclamación de daños derivados del incumplimiento.
- Arrendamientos urbanos: desahucio por falta de pago y por expiración del plazo, enervación, prórrogas, repercusión de obras, fianzas.
- Responsabilidad civil contractual y extracontractual.
- Defectos constructivos y reclamaciones entre promotor, contratista, subcontratista y comunidad de propietarios.
- Propiedad horizontal: impugnación de acuerdos, reclamación de cuotas, obras y elementos comunes.
- Ejecución de sentencias y de títulos no judiciales; oposición a la ejecución; tercerías.
- Tasación de costas e impugnación por indebidas o excesivas.
- Derecho de familia: medidas paternofiliales, divorcio, modificación de medidas, ejecución de medidas.
- Sucesiones: aceptación, partición y conflictos entre coherederos.
Cómo lo planteamos
Antes de decidir la vía, fijamos qué está acreditado documentalmente y qué es todavía alegación. Esa distinción determina el procedimiento, la cuantía y el riesgo de costas, y es la parte del trabajo que más condiciona el resultado. Un procedimiento bien elegido con prueba insuficiente se pierde igual.
En la fase previa valoramos siempre el coste procesal completo: tasa cuando procede, provisión de fondos, honorarios de procurador y, sobre todo, la exposición a costas si la pretensión se desestima. Hay reclamaciones jurídicamente correctas que no son procesalmente convenientes, y lo decimos antes de presentar la demanda, no después.
Desde el 3 de abril de 2025, buena parte de los asuntos civiles exige acreditar un intento previo de negociación —un medio adecuado de solución de controversias— como requisito de procedibilidad. Esto no es un trámite: la forma en que se documenta ese intento tiene efectos sobre la admisión de la demanda y sobre las costas. Lo gestionamos como parte de la estrategia, no como un papel que hay que adjuntar.
Asuntos de los que nos ocupamos habitualmente
- Defensa de una empresa instaladora frente a una reclamación prejudicial de una comunidad de propietarios por defectos de ejecución en una obra, con discusión sobre el alcance del contrato y la imputación del defecto entre los distintos intervinientes.
- Ejecución de una sentencia de reclamación de cantidad contra particulares por obra ejecutada y no abonada, con localización y traba de bienes.
- Juicio verbal frente a una entidad gestora de créditos, con impugnación posterior de la tasación de costas.
- Oposición a ejecución despachada sobre la base de un título cuya liquidez se discute.
- Reclamación de cantidad entre mercantiles con discusión sobre la prueba del encargo y de su alcance.
- Procedimientos de medidas paternofiliales y de modificación de medidas, incluida su ejecución.
- Impugnación de acuerdos de junta de propietarios.
- Reclamaciones derivadas de contratos de arrendamiento: fianzas, obras y liquidación de rentas.
Plazos
En esta materia, los plazos para contestar, oponerse o recurrir empiezan a contar desde la notificación y, en muchos casos, son preclusivos. Cuando contacte con nosotros, indique la fecha en que recibió la notificación. La información general de esta página no sustituye al asesoramiento sobre su caso concreto.
Plantee su asunto
Si ha recibido una notificación o tiene una fecha señalada, indíquelo al contactar. Los plazos corren desde la notificación.