Le acompañamos en su procedimiento de extranjería desde el principio: comprobamos qué vía le corresponde, preparamos la documentación, presentamos la solicitud y, si la resolución es negativa, recurrimos.
Tramitamos ante la Oficina de Extranjería y ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, acompañamos en los trámites ante la policía y asistimos en los procedimientos que se siguen tras una detención.
Trámites
De qué nos ocupamos
Despliegue cada apartado para ver los procedimientos que incluye. Si no encuentra el suyo, o no sabe cuál le corresponde, pregúntenos: la vía adecuada depende de su situación concreta.
Arraigo y circunstancias excepcionales
Vías para regularizar la situación de quien ya se encuentra en España.
- Arraigo social, sociolaboral, socioformativo y familiar.
- Arraigo de segunda oportunidad y arraigo extraordinario.
- Arraigo para personas solicitantes de protección internacional (disposición adicional vigésima del RD 1155/2024).
- Residencia por razones humanitarias.
- Residencia y trabajo de mujeres víctimas de violencia de género y de violencia sexual.
- Residencia y trabajo de víctimas de trata de seres humanos.
- Residencia por colaboración con autoridades policiales, fiscales o judiciales, y por interés público.
- Residencia de la persona menor extranjera que alcanza la mayoría de edad.
Residencia y trabajo
Autorizaciones iniciales, renovaciones y cambios de situación ante la Oficina de Extranjería, en toda España.
- Residencia y trabajo por cuenta ajena, inicial y renovación.
- Residencia y trabajo por cuenta propia, inicial y renovación.
- Residencia temporal no lucrativa, inicial y renovación.
- Residencia con excepción a la autorización de trabajo.
- Residencia para búsqueda de empleo o inicio de un proyecto empresarial.
- Residencia para prácticas.
- Trabajo de temporada y contratación en origen (GECCO).
- Autorizaciones de trabajo para personas trabajadoras transfronterizas.
- Modificaciones de la situación de residencia, habilite o no a trabajar.
- Residencia de larga duración y de larga duración-UE, y recuperación de la titularidad.
- Autorización de trabajo para personas penadas en régimen abierto o libertad condicional.
Familia y régimen de la Unión Europea
- Reagrupación familiar, renovación y residencia independiente de los familiares reagrupados.
- Residencia de familiares de personas con nacionalidad española, y residencia independiente cuando el vínculo se extingue.
- Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión y tarjeta permanente.
- Certificado de registro de ciudadano de la Unión.
- Movilidad de familiares de residentes de larga duración-UE en otro Estado miembro.
- Residencia de menores nacidos en España, de menores no acompañados y de quien los acompaña.
- Desplazamiento temporal de menores por tratamiento médico, vacaciones o escolarización.
Estudios, formación y voluntariado
- Estancia por estudios superiores o de educación secundaria postobligatoria, y su prórroga.
- Estancia por actividades formativas y por formación sanitaria especializada.
- Programas de movilidad de alumnos y movilidad de estudiantes dentro de la Unión Europea.
- Estancia por participación en programas de voluntariado.
- Acceso al empleo durante la estancia por estudios.
- Modificación desde la estancia por estudios a una autorización de residencia y trabajo.
Movilidad internacional y grandes empresas (UGE-CE)
Autorizaciones de la Ley 14/2013, que tramita la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
- Teletrabajo de carácter internacional (nómadas digitales).
- Profesionales altamente cualificados y tarjeta azul-UE.
- Personas emprendedoras.
- Traslado intraempresarial (ICT), individual y en tramitación colectiva.
- Investigación, y movilidad de investigadores con autorización de otro Estado de la Unión.
- Profesionales de producciones del sector audiovisual y cultural.
- Familiares de todas las figuras anteriores.
- Acompañamiento a empresas de relocation en los trámites de sus personas trabajadoras.
Protección internacional
- Solicitudes de asilo y de protección subsidiaria.
- Extensión familiar de la protección.
- Recursos frente a la inadmisión y frente a la denegación.
- Protección temporal.
Nacionalidad española y visados
- Nacionalidad española por residencia, desde la solicitud hasta la jura.
- Visados ante los consulados.
- Legalización, apostilla y traducción jurada de la documentación.
Trámites ante la policía
- Asignación del NIE.
- Toma de huellas y expedición de la TIE.
- Autorización de regreso.
- Certificado de registro de ciudadano de la Unión.
- Cancelación de antecedentes policiales.
Detención, expulsión y antecedentes penales
- Asistencia y representación en procedimientos de extranjería tras una detención.
- Recurso frente a la orden de expulsión.
- Representación en caso de internamiento en un CIE.
- Cancelación de antecedentes penales.
Los plazos para recurrir son cortos
Si ha recibido una resolución denegatoria, una orden de expulsión o un requerimiento, el plazo empieza a contar desde la notificación. Indíquenos la fecha en la que lo recibió cuando contacte con nosotros.
El visado de residencia para inversores, conocido como golden visa, quedó suprimido el 3 de abril de 2025 por la Ley Orgánica 1/2025, de modo que ya no pueden presentarse solicitudes nuevas. Si obtuvo la suya antes de esa fecha, seguimos ocupándonos de su renovación y de valorar las alternativas disponibles.
Puede consultar los requisitos oficiales de cada procedimiento en las hojas informativas del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
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Consulta con abogado
Puede consultarnos en la oficina de València o por videollamada desde cualquier punto de España. En la consulta valoramos su situación y le decimos qué vía tiene y qué documentación necesita.
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Consulta presencial
En nuestra oficina de València · 40 minutos
45 € + IVA54,45 € en total, IVA incluido
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Consulta en línea
Desde cualquier punto de España · 20 minutos
25 € + IVA30,25 € en total, IVA incluido
Elija el día y la hora en la agenda y confirme el pago con tarjeta. También puede llamarnos al 649 21 96 90 o escribirnos a info@causaex.com.
Si no puede asistir
Si avisa con al menos 24 horas de antelación, le devolvemos el importe completo. Entre 24 y 12 horas antes, la devolución es parcial. Con menos de 6 horas de antelación no procede devolución, salvo causa de fuerza mayor.
La solicitud de cita no crea relación profesional ni supone la aceptación del encargo, y no interrumpe ningún plazo. No nos envíe documentación en el primer contacto: le indicaremos qué necesitamos y por qué vía remitirla.
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